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Las normas sobre 'grandes tenedores' de pisos generan desigualdad entre las CCAA

La nueva Ley por el Derecho a la Vivienda aprobada y puesta en vigor el pasado 26 de mayo, define a un gran tenedor como la persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados. El texto añade que esta definición podrá ser personalizada o particularizada en la declaración de entornos de mercado residencial tensionado "hasta aquellos titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en dicho ámbito.

| etiquetas: vivienda , ccaa , desigualdades

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