edición general
108 meneos
759 clics
Este envío tiene varios votos negativos. Asegúrate antes de menear

No, ciclista: no puedes cruzar por el paso de cebra subido en la bici (y tiene multa)  

A efectos legales de la circulación, una bicicleta es un vehículo (concretamente un ciclo de dos ruedas). Por tanto, deben comportarse como tal a efectos de derechos y obligaciones de la circulación, incluido lo concerniente a prioridades de paso y uso de la vía. Tanto la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial como el Reglamento General de Circulación establecen la prioridad de los peatones sobre los vehículos en los pasos de peatones.

| etiquetas: bicicletas , paso de peatones , ciclistas , multas de tráfico

menéame