El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León destaca que la ley que regula el acceso a esta ayuda trata de manera diferenciada a los matrimonios y las parejas de hecho La unión había sido dada de baja hacía ocho años en el Registro Municipal. La Sala da así la razón al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social porque la regulación de acceso a la pensión de viudedad es diferente para los matrimonios y para las parejas de hecho.
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