Los audios, que fueron tenidos en cuenta en por la Audiencia y cuyo contenido figura en la sentencia, no fueron tenidos como pruebas que desmerecieran el relato de la menor en relación a la agresión sexual. La distribución de estos audios, sin embargo, sí es un delito que puede conllevar altas sanciones económicas e incluso penas de prisión. Y no sólo para aquellos que los han hecho públicos, sino para cualquiera que los redistribuya o difunda.
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