El gobierno mexicano despenalizó la posesión de pequeñas cantidades de droga, incluyendo la cocaína y la heroína, y estableció el monto máximo que se puede portar para "el estricto consumo personal e inmediato". De acuerdo con las nuevas disposiciones, no se podrá ejercer acción penal cuando una persona tenga en su poder un máximo de 500 miligramos de cocaína, 50 miligramos de heroína, 40 miligramos de anfetamina, dos gramos de opio o cinco gramos de marihuana, entre otras.
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