Se introduce como un nuevo delito en materia de violencia contra la mujer. En concreto, se castigará con penas de 6 meses a 3 años de cárcel, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados, «el que con violencia o intimidación grave compeliere a otra persona a contraer matrimonio». La misma pena se impondrá a quien, con la finalidad de cometer esos hechos «utilice violencia, intimidación grave o engaño para forzar a otro a abandonar el territorio español o a no regresar al mismo». Es la primera vez que se recoge en el Código Penal..
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