Llamar "inútiles" a los subordinados y advertirles de que en el lugar de trabajo se hacía lo que "dijeran" sus genitales no supone, necesariamente, acoso laboral, sino una desconsideración hacia ellos, según se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia.
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