Este matrimonio contrató, en enero de 2007, con el banco, un préstamo hipotecario multidivisa por importe de 24.412 yenes con un contravalor de 153.000 euros. “Ejercitan acción de anulabilidad parcial del préstamo hipotecario suscrito con Bankinter, en lo referente a la cláusula multidivisa que contiene el mismo por error/dolo en el consentimiento, por contravenir normas imperativas y prohibitivas y la nulidad parcial por falta de transparencia del clausulado”, reza la sentencia.
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