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La justicia europea abre la puerta a que trabajadores subcontratados reclamen los salarios de la empresa principal

La justicia europea abre la puerta a que trabajadores subcontratados reclamen los salarios de la empresa principal

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha publicado una reciente sentencia que puede hacer tambalear el mercado laboral en España. La resolución abre un debate de enorme trascendencia sobre qué debe entenderse por una Empresa de Trabajo Temporal (ETT), con una interpretación amplia de los magistrados europeos y que pone en duda que pueda ceñirse a la regulada en España. Es decir, que podría ampliarse a otro tipo de empresas, señalando expresamente a las subcontratas en ciertos casos.

| etiquetas: tribunal , justicia , tjue , salarios , europa , empresa
#5 Mi duda, es que algunos supuestos de la cesión ilegal de los trabajadores, realmente se podrían convertir realmente en una demanda de "ETT encubierta", dado que una empresa que sea subcontrata, puede que sea realmente una ETT a ojos de Europa, y no vale el criterio en España, que solo valida si hay o no una autorización administrativa.

No se si al demandar, valdría con ir por "cesión ilegal de trabajadores" y luego si se llegara a demostrar que es una ETT encubierta,…   » ver todo el comentario
Y los que trabajan indefinidos para una empresa más pequeña de la empresa "matriz" pero cobrando infinitamente menos? Es para un amigo :roll:
#1 Sin tener mucha idea, y tirando de palillo xD

Pues habría que ver tu modelo de contratación, luego ver si las 2 entidades realmente son 2 entidades separadas.
La denuncia inicial parte de:

una trabajadora en España de una subcontrata (LeadMarket) que presta servicios a Microsoft.

A partir de ahí establecer como se realiza el concepto de “puesta a disposición” de personal que es el tema de la consulta al TSJUE, y si se puede considerar que tu empresa está actuando como una ETT, sin importar si está declarada o no como ETT.

Lo que no se aún como queda en todo esto el concepto de "cesión ilegal de trabajadores" hasta llegar al concepto de "mi empresa es una ETT encubierta".
#4 Lo que no se aún como queda en todo esto el concepto de "cesión ilegal de trabajadores" hasta llegar al concepto de "mi empresa es una ETT encubierta".

Empresas multiservicio. Me da que esta sentencia va dirigida a aquellas empresas que hacen de la cesión (i)legal de trabajadores su modelo de negocio. Está tan mal montado el Estatuto de los Trabajadores que una empresa fácilmente puede operar legalmente como una ETT de facto sin la autorización administrativa, ahora parece que Europa quiere corregir esto. Una empresa ordinaria podría caer en la cesión ilegal y no habría muchas más complicaciones, ahora bien, cuando basas tu negocio en la cesión de trabajadores sin ser ETT...
#10 no solo eso, empresas de consultoría especializadas.

Que en alguna he estado como consultor para un proyecto habiéndome contratado estando presentes los responsables de la empresa cliente en el proceso de selección (también es verdad que cobraba lo mismo que los empleados de la empresa cliente y un día más de teletrabajo)
#21 Yo trabajo para una consultora internacional con sede en Langreo (Asturias) pero el 100% del trabajo lo hago para una empresa americana.

¿Podría ser un caso como el de esta noticia? Creo que habría MONTONES de personas en esta situación.
#27 podría pero en tu caso igual los americanos no tienen sede en España

Yo he pasado de consultor a cliente ya tres veces en mi vida laboral (una salí espantado porque estaba mejor de consultor :palm: )
#1 Indra?
En los 90 presencie el caso de un empleado que llevaba nosecuantos años subcontratado a otra empresa, y denunció a esta porque había una ley que decía que si llevabas un porrón de años en una empresa subcontratado por otra la principal debía contratarte como empleado de plantilla, se llegó a juicio (para sorpresa de todos) y el empleado lo ganó, por lo que tenía que ser contratado en la empresa principal.

Debido a que en ese departamento de la empresa había una cosa así como un 90% de la…   » ver todo el comentario
#6 El despido improcedente puede llevar a la readmisión obligatoria si se demuestra que se han vulnerado los derechos fundamentales del trabajador

www.iberley.es/temas/readmision-trabajador-caso-despido-improcedente-1

Cuando se acreditase la imposibilidad de readmitir al trabajador por cese o cierre de la empresa obligada o cualquier otra causa de imposibilidad material o legal, el juez dictará auto en el que declarará extinguida la relación laboral en la fecha de dicha…   » ver todo el comentario
#6 Eso suena muy raro, precisamente cuando se da un caso de cesión ilegal de trabajadores se mantiene la antigüedad. ¿No será que le despidieron con la indemnización completa?

¿O tal vez hubo un segundo juicio más adelante para reclamar la indemnización correcta de la que no os enterasteis?
#14 Efectivamente. En esos casos se suele considerar el inicio del contrato con la empresa principal el del tiempo que llevaba prestando servicios para ella. Y en cualquier caso el tiempo desde la demanda hasta la sentencia, con lo que un día de antigüedad es imposible.

Ahora bien el modus operandi de le empresa matriz si me cuadra.

cc #6
#6 como ya te han dicho todos , no cuadra y menos con una sentencia favorable y con un trabajador que no tiene nada que perder.

En mi caso yo entre por varias ett, iban cambiando de ETT al año me hicieron indefinido y a los muchos años fui despedido, mi indemnización me contó los años trabajados por ETT porque no habían pasado los meses obligatorios entre los distintos contratos, hoy creo que es un año o 6 meses ya ni me acuerdo, allí no parábamos ni un dia entre contratos
#6 Pues que hubiese demandado. Porque si se le reconoce como empleado de la empresa principal debido a la cesión ilegal de cuenta el total de la antigüedad. No hay tal cosa como despido improcedente de un día no enpeizana comenzar un nuevo periodo de prueba.
#6 Menudo INVENT, no hay por donde cogerlo.
#6 Podía haber solicitado nuevamente despido nulo, porque es de cajón, estoy seguro de que lo habría ganado.
En informática es algo muy habitual.

Con unas pocas precauciones se ha "legalizado" la cesión ilegal de trabajadores: llamarlo "asistencia técnica" (a gente que lleva 25 años en el mismo puesto), no tratar las vacaciones con trabajadores subcontratados sino pedirle un excel a la empresa subcontrata, tampoco tratar directamente horarios, vacaciones, formación, etc.

Y ya en países europeos como Reino Unido directamente se suele trabajar como autónomo con una empresa ficticia en medio (que todo el mundo reconoce que es para burocracia) para cualquier gran multinacional.
#9 la gran difrencia es que suele ser gente que cobra mas que si estuviese trabajando directamente para la empresa, tambien el RU las ETT cobran el doble de lo que cobra un currito de categoria baja, facilmente la empresa cobra 25 la hora y el currante se lleva 12 que es casi el SMI mientras que el trabaja alli puede estar cobrando 20 la hora
#9 A veces las condiciones de la empresa principal son peores que las de la contrata. En mi caso quizás las económicas sean algo mejores, pero en lo demás saldría perdiendo. Al menos ahora estoy en una empresa que me puede mover a otros proyectos dentro del cliente, ya lo ha hecho, y a otros clientes. En la anterior que estuve nueve años una vez el cliente no nos renovó el contrato nos fuimos todos a la calle.
#9 Los primeros que lo hacen son las Administraciones Públicas. Ministerios, Seguridad Social, Agencia Tributaria, consejerías autonómicas, etc están plagadas de informáticos subcontratados.
“La sentencia es compleja y puede generar una amplia interpretación jurídica”, considera Rojo, que advierte que primero habrá que esperar a la sentencia del TSJ de Madrid sobre el caso de esta trabajadora y también a ver cómo interpretan la resolución otros tribunales nacionales.

Esto va a traer cola, a ver que vaiven ocurre, y si se cambia la definición de ETT y subcontrata en nuestro mercado.

Si empiezan a caer denuncias, se irán viendo las causísticas y como se van resolviendo, pero algo de luz se ve.
Pues sería una buena notica, se terminaría con las cárnicas y los chiringuitos de cesiones y esas cosas.
Lo que deberían hacer con las subcontratas y que ni de broma van a hacer, es ILEGALIZARLAS. Como se hizo toda la vida: tu empresa necesita 1 trabajador? Tu empresa lo contrata. PUNTO. Las subcontratas no tienen ningún sentido, mas allá de tener a gente peor pagada y a la que puedas despedir sin derechos. ES SU UNICO OBJETIVO, y visto eso, tiene todo el sentido ilegalizarlas, a no ser que seas un corrupto neoliberal e inmoral, claro.
Yo tengo mejores condiciones que tendría trabajando para la empresa principal. De hecho en 2008 ,trabajé para esa empresa principal con otra contrata y si hubiera sabido que era para esa empresa principal no hubiera aceptado en 2022.

Mis jefes serían unos imbéciles y los procedimientos de la empresa totalmente absurdos. Ahora bien, si en la empresa principal se cobran 10€ más al mes pues los quiero.
Gracias, Felipe !!
Cesión ilegal del trabajador.
Los tribunales españoles preguntando a los europeos sobre algo que ya está legislado en España y dónde hay jurisprudencia. Curioso cuanto menos.

Lo interesante sería si lo impusieran con carácter retroactivo, y que todo el mundo que haya estado en esta situación pueda reclamar los beneficios perdidos por haber trabajado en subcontrata.
Esto no va a ir a ningún sitio. La administración es la que más subcontrata.
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menéame