En contra del criterio de la Audiencia Provincial del Madrid, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que han revisado la sentencia han considerado que los agentes no estaban habilitados para acceder con un ariete a dicho piso el 21 de marzo de 2021, ya que en él no se estaba cometiendo un delito flagrante ni concurrían los requisitos legales que les hubiesen permitido actuar de ese modo.
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