El proyecto de Real Decreto indica que “tampoco están permitidos, cualquiera que sea el motivo o expresión que reflejen, los tatuajes en las manos, cabeza y cuello”. Sí se permiten “tatuajes o parte de los mismos que sean visibles en brazos y piernas vistiendo el uniforme de uso general de la Guardia Civil, siempre que no reflejen motivos o expresiones prohibidas de las recogidas en el apartado primero de este artículo”.
|
etiquetas: tatuajes , guardia civil , mano , cabeza , cuello