Recientemente se ha dado a conocer una resolución en la que se ha sancionado con 10.000 euros a un ciudadano por grabar y difundir de forma masiva en Facebook, Instagram, Twitter, WhatsApp y Youtube a una persona en estado de embriaguez en el que se le reconocía perfectamente la cara. Y lo hizo sin su consentimiento. El letrado del afectado manifestó a la AEPD que la actitud de la persona que filmaba era desconsiderada y desproporcionada porque se reía de su cliente sin causa alguna y sin ofrecerle ayuda viendo la situación en la que se encontr
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