La expropiación temporal de viviendas vacías, propiedad de los bancos, por tres años en caso de desahucios de familias en riesgo de exclusión, es inconstitucional. El Tribunal Constitucional anula este precepto de la Ley porque considera que es incompatible con las medidas adoptadas por el Estado para atender las mismas necesidades. La medida, aprobada por el Gobierno de coalición PSOE - Izquierda Unida en 2013, "rompe el carácter coherente de la acción pública", señala la sentencia.La norma andaluza, según el Constitucional, "interfiere en..
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