La constitución de una asociación para la promoción del consumo social donde las compras en grupo puedan ser desgravadas es un vehículo de exención apenas explorado en España. Es un mecanismo válido y legal que permitiría a muchísimas familias sortear una media de un 15% anual en sus gastos corrientes. Pongamos una familia media de 4 personas donde solo una perciba ingresos y que tenga 15.000 euros anuales de gastos susceptibles de imposición del IVA, podría ahorrarse 2250 euros.
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