una enmienda presentada ahora por Íñigo Errejón añade a esto que, además, puedan acceder a ese procedimiento «los menores que lleven dos años con su nombre cambiado». Lógicamente este añadido sólo sería aplicable para niños de 11, 10, 9 años... pues los que hayan cumplido los 12 estarían ya amparados.
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