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El despido comunicado por Whatsapp es improcedente aunque días después se mande la carta de despido

¿Se puede despedir a un trabajador vía Whatsapp? La respuesta es que no, puesto que no es un medio de comunicación fehaciente, pero siempre es bueno que existan sentencias que lo respalden expresamente. Un ejemplo es esta sentencia muy reciente del TSJ de Extremadura de 18 de septiembre de 2018.

| etiquetas: despido , derecho laboral

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