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El Defensor del Pueblo rechaza restringir el toples en una piscina municipal

El Defensor del Pueblo rechaza restringir el toples en una piscina municipal

La queja presentada por una mujer que fue obligada a ponerse la parte de arriba del bikini en la zona de baño de un centro deportivo de Lardero (La Rioja), cuyo reglamento establece que los usuarios deben “utilizar la ropa deportiva adecuada en el desarrollo de la actividad y en la utilización de las instalaciones”. El Defensor del Pueblo reconoce la potestad de los ayuntamientos para fijar una normativa, pero tiene que ser motivada especialmente si restringe la indumentaria de las mujeres.

| etiquetas: defensor del pueblo , toples , laredo , piscina

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