Los accionistas y los titulares de bonos convertibles y de deuda subordinada podrán endosar al Estado parte de las pérdidas sufridas. La normativa vigente les permite compensarlas con las ganancias patrimoniales que obtengan, cuando realicen sus declaraciones de impuestos. Tienen, además, cuatro años para hacerlo.
|
etiquetas: banco popular , contribuyente