"Las diversas circunstancias que definen la personalidad de cada uno de los magistrados y conforman su trayectoria personal no pueden considerarse sin más condicionamientos negativos que afecten a su imparcialidad, pues la imparcialidad que exige el artículo 22 de la Constitución no equivale a un mandato de neutralidad general o a una exigencia de aislamiento social y político casi imposible de cumplir en cualquier profesión, también en los juristas de reconocida competencia"
|
etiquetas: constitucional , cobos , aislamiento , político , imposible