El Tribunal considera inconstitucional el requisito de rentas familiares que el Gobierno del PP introdujo en 2013 y que restringió el número de beneficiarios. El nuevo requisito perjudicó a las personas que convivían con cónyuges o hijos que cobraran salarios de poco más de mil euros. El Ministerio de Trabajo admite que la sentencia obliga a cambiar el criterio de cómputo de forma inminente: a partir de ahora solo se tendrán en cuenta los ingresos del propio beneficiario, sin incluir los de su unidad familiar.
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