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Condenan a Jácome por vulnerar el derecho a la participación política en su modo autoritario de dirigir los plenos

En la resolución se esgrime que “cuando los concejales están en su uso de la palabra, sin alejarse de la cuestión debatida” y “dentro del tiempo razonable” que se les concedió para participar en el debate, “no cabe que en aras de una supuesta o no bien entendida facultad de dirección o de orden el alcalde-presidente interrumpa a quien hace uso legítimo de su turno de palabra”, pues, dice, “tal comportamiento no está al amparo por la facultad de la que dispone”.

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