Según la sentencia, el 15 de octubre del 2010 el Ayuntamiento acordó abrir un expediente a J.G.V. por una falta "muy grave" del Estatuto Básico del Empleado Público por "abandono del servicio" y "falta injustificada". La suspensión de empleo y sueldo a la que se sometió tras la apertura del expediente sólo duró cuatro meses ya que, durante la tramitación del mismo, el funcionario se acogió a la jubilación anticipada.
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