La sentencia, facilitada por Valencia Acoge, entidad que ha representado a las víctimas, considera probado que el 2 de abril de 2021 estas personas entraron en una frutería del barrio de Benicalap de la capital valenciana regentada por una pareja formada por un ciudadano paquistaní y una ciudadana española. Allí, comenzaron a tocar el género expuesto para la venta y cuando la dueña del negocio se lo recriminó, los ahora condenados le propinaron una patada en la pierna y un puñetazo en un brazo.
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