En la gestión de la Rambla del Poyo de Valencia hay varias administraciones implicadas: La Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) tiene competencias sobre redacción de planes de prevención de riesgo de inundaciones, ofrecer información de caudales y controlar el cauce. La Generalitat valora la información de la CHJ, ejecuta su plan de emergencia ante inundaciones y es responsable de zonas inundables de su competencia. Los ayuntamientos ejecutan sus planes municipales de emergencia y deben limpiar y mantener tramos urbanos de este barranco.
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Siendo optimista creo que ya tiempo para leer las sentencias tendré, ya estaré jubilado o en el corral de los quietos.
¿Qué competencias son de la Generalitat Valenciana?
-> Elaborar y ejecutar el Plan Especial frente al riesgo de inundaciones
-> Hacer seguimiento de los registros de lluvias y caudales, “con especial atención a las alertas por superación de umbrales de precipitación”
-> Emitir alertas hidrológicas cuando se prevén inundaciones
-> Planificar, controlar y limitar las construcciones y obras en zonas inundables de su competencia
No soy valenciano aunque como si lo fuera, ese incompetente fuera de ahí ya!