Llamar a tu ex pareja 57 veces en un mes y colarte en su casa es una actitud “digna de reproche, desde el punto de vista moral y social”, pero no penal según la Audiencia Provincial de Murcia. La Sección Tercera de este tribunal ha revocado la sentencia que condenaba a un hombre a 80 día de servicios a la comunidad y a una orden de alejamiento tras acosar a su antigua pareja sentimental.
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