La Audiencia Nacional ha confirmado una multa de 4.500 euros que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea impuso a la compañía aérea Ryanair en junio de 2011 por vulnerar la Ley de Seguridad Aérea al impedir que un agente de la guardia civil en acto de servicio volara portando una pistola. La compañía aducía que la ley irlandesa prohibía acceder con armas a bordo, pero la Audiencia sentencia que la compañía está obligada a obedecer la legislación española, al tratarse de un vuelo interno.
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