La sentencia rebaja en algún caso la condena aceptada. Uno de los agresores pagará una multa por lesiones; a otro le impone cinco meses por amenazas; y a otro un año por coacciones. El resto se queda con los citados año y cinco meses por delito de odio con la agravante de discriminación ideológica y atenuante muy cualificada de reparación del daño.
|
etiquetas: ultras , 9-n , condenados año y medio