La Asociación de Internautas, tras haber interpuesto una denuncia ante la Comisión Europea, traslada al Defensor del Pueblo sus dudas respecto a la constitucionalidad del anonimato de la normativa que rige la interceptación de las comunicaciones, la ausencia de controles democráticos y judiciales efectivos, la falta de información a la opinión publica. Y recuerda que España ha sido condenada ya en dos ocasiones por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (caso Valenzuela Contreras -S. de 30 de julio de 1998- y caso Prado Burgallo -S. 15-2-03
|
etiquetas: secreto de las comunicaciones , privacidad