Una reciente sentencia judicial dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Pamplona ha estimado el recurso promovido por Automovilistas Europeos Asociados en defensa de uno de sus clientes, y ha anulado por primera vez en España la sanción de 6.000 euros y la retirada de 6 puntos del carnet impuesta por Tráfico a un conductor, por presuntamente “conducir un vehículo llevando instalado un inhibidor de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia
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