La Audiencia Nacional ha anulado la multa de 150.000 euros impuesta al grupo Eroski a raíz de la difusión del vídeo que mostraba a Cristina Cifuentes, ex presidenta de la Comunidad de Madrid, junto a un vigilante de seguridad tras sustraer unas cremas de un supermercado. Los magistrados han considerado “nula” la sanción de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), pues se vulneró de forma “grave” el derecho de defensa de la cadena de supermercados: la AEPD no informó correctamente al grupo Eroski durante el procedimiento sancionador.
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