El día 19 de mayo del 2009, el Congreso de los diputados acordó, de tapadillo, sustrayendo esta reforma al necesario debate informado que la cuestión exige, con el apoyo de los grupos mayoritarios, modificar el artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que consagra el principio de jurisdicción universal, desvirtuando totalmente su contenido y alcance. Con la citada modificación España entraría en la lista de los países más restrictivos para el ejercicio de la jurisdicción universal.
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