El Tribunal Supremo ha archivado la causa contra el agente Pedro Antonio B.P. al considerar que no cabe castigarle por actividad incompatible con su puesto. Anuló, por tanto, la sanción de tres meses sin empleo y sueldo que le habían impuesto sus superiores por considerar esta actividad una "afición personal". Lo único claro, según la sentencia, es que se divierte poniendo música en dos locales...
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