edición general
Raticulin7

Raticulin7

En menéame desde diciembre de 2011

6,10 Karma
21K Ranking
0 Enviadas
0 Publicadas
251 Comentarios
0 Notas
  1. #10 se hubiera cogido 4 o 5 begoños
  2. #6 le hacen este pareado a Pedro Sánchez y deja de trabajar un mes como mínimo
  3. #1 En principio, las centrales nucleares no afectan al cambio climático, generan algo quizás más jodido que son los residuos nucleares a parte de jugar a la ruleta rusa que de vez en cuando va dando bala como con Chernóbil y Fukushima.

    En la situación actual, lo mejor para el medio ambiente sería mantener las centrales nucleares que estén en marcha, siempre que técnicamente sea viable.

    Yo creo que ahora ya no hay marcha atrás, el clima se va a la mierda, se nos vienen unas décadas con movimientos migratorios importantes, hambrunas, inundaciones, sequías, y más cosas por descubrir.
  4. Los resultados indican que el 29% de españoles es negacionista climático, la mayoría apuesta por las energías renovables, pero también por no cerrar las centrales nucleares, un 58%, e incluso un 52% piensa que sería buena idea abrir nuevas centrales nucleares.

    De camino a la extinción
  5. #10 Que no falte la enhorabuena a Pablo Iglesias, su estrategia de inmolar a Podemos dejándolo ciego y comatoso solo para dejar a Sumar tuerto y cojo está funcionando de maravilla.
    Los que siguen apostando por esta guerra absurda ¿están ya contentos? ¿Están satisfechos con la santa cruzada?
  6. #1 Yo aquí llamaría a la calma por varios motivos:

    - Por lo que veo es un auto del Juzgado de lo mercantil n 8 de Barcelona, ni es una Audiencia Provincial ni mucho menos el Tribunal Supremo, es decir, estamos en 1a instancia. Si mal no recuerdo un juzgado de lo mercantil también de Barcelona en una sentencia quiso aplicar el " Fair Use" cuando ni siquiera existe en nuestro derecho, ya que es algo propio del derecho anglosajón, dió para un par de titulares y ahí se quedó la cosa.

    -Esta práctica creo que también puede entrar en conflicto con la normativa de Protección de Datos, por la que en la práctica las empresas afectadas solo podrían solicitar a los operadores la IP de una persona física en el caso de estar ante un delito grave. Y ya te digo yo que piratear la liga para verla en tu casa no es un delito grave. De hecho no es ni un delito salvo que seas alguien que hace negocio vendiendo los accesos a la señal o contenido pirateado, sería, de ser algo, solo civil.…   » ver todo el comentario
  7. #4 Si llegó al Supremo es porque no había jurisprudencia al respecto. Ahora los abogados (y los jueces) sí saben cómo interpretar una petición como ésta.

menéame