El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que puede ser legal que una empresa prohíba a sus distribuidores vender sus productos por Internet siempre que esta restricción "esté justificada objetivamente". La sentencia se refiere al caso de la empresa cosmética francesa Pierre Fabre Dermo-Cosmétique (Klorane, Ducray, Galénic y Avène).../...las ventas deben llevarse a cabo exclusivamente en un espacio físico y en presencia de un farmacéutico, limitando de ese modo cualquier forma de venta por Internet.
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