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El TUE dice que la función de un programa de ordenador no puede acogerse a protección del derecho de autor

El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Yves Bot, ha dictaminado este martes que ni las funcionalidades de un programa de ordenador ni el lenguaje de programación pueden acogerse a la protección del derecho de autor porque ello supondría dar a una empresa el uso monopolístico de determinadas ideas y perjudicaría a la innovación y el desarrollo industrial.

| etiquetas: tue , funcion , programa , ordenador , derechos , autor
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