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El TUE condena a España por discriminar fiscalmente los dividendos pagados a empresas extranjeras

La sentencia considera que esta discriminación vulnera el principio de libre circulación de capitales.De acuerdo con la legislación española, cuando la participación de una empresa nacional en la sociedad que distribuye beneficios alcanza el 5%, los dividendos que percibe quedan exentos de impuesto. En cambio, si se trata de una empresa extranjera, la exención sólo se aplica cuando se alcanza un umbral de participación del 20 %.

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