El Alto Tribunal entiende que la Constitución "no prohíbe las ideologías que se sitúen en los dos extremos del espectro político, tradicionalmente, y aún hoy, identificados como derecha e izquierda". Ni siquiera prohíbe "las ideas que, por su extremismo, se sitúen fuera del amplio espectro político, por muy rechazables que puedan considerarse". La tolerancia hacia esas ideas viene impuesta por la libertad ideológica y de expresión, explica la resolución, que añade que eso no significa "condescendencia, aceptación o comprensión...
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