La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentenció hoy que la pena a cadena perpetua no revisable viola el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe las penas o tratos inhumanos o degradantes. La sentencia fue aprobada por 16 votos contra uno. Afirma que "allí dónde el derecho nacional no prevé la posibilidad de un reexamen, una pena a perpetuidad efectiva no es acorde con las exigencias que emanan del artículo 3 del Convenio".
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