Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recuerdan que las cestas, regalos y otros tantos obsequios tributan como un incremento de patrimonio en la escala general del IRPF, por lo que el valor debe sumarse al resto de rendimientos percibidos durante el año a la hora de hacer la declaración. De esta forma, este tipo de obsequios deben declararse deduciendo la retención o el ingreso a cuenta, salvo las cestas que las empresas distribuyen a sus empleados que se consideran rentas del trabajo en especie.
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