Si el dueño de una tarjeta de crédito la pierde o se la roban, y esta es utilizada de manera fraudulenta, el verdadero titular soportará, como máximo, un perjuicio de 150 euros (o menos, si así lo ha pactado con su entidad), pero nunca una cantidad superior (como puede suceder en la actualidad), siempre que el extravío o la sustracción se haya notificado "sin demoras indebidas". Así será si sale adelante el anteproyecto de ley de servicios de pago que ha redactado la Dirección General del Tesoro.
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