El Tribunal Supremo ha emitido otra sentencia en la que, por segunda vez consecutiva, anula un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y concluye que no existe un derecho "específico" a la objeción de conciencia con respecto a la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC).
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