La Sala sostiene que un contrato de vientre de alquiler –que no es legal en España– como el que fue validado por la sentencia de EEUU "entraña una explotación de la mujer" y "un daño a los intereses superiores del menor". El tribunal norteamericano validó el contrato mediante dos sentencias. La primera, dictada antes del parto, obligaba a la mujer gestante a entregar inmediatamente el niño a los clientes, por lo que la madre no podía negarse a esa entrega una vez producido el parto
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Las leyes estadounidenses no se fundamentan en los derechos humanos y, por tanto, son ilegales, además e inmorales
Las europeas si, que son las nuestras.