El Tribunal Supremo acaba de publicar un importante Auto que va a levantar ampollas. Permite a Hacienda embargar la parte del salario mínimo inembargable que no haya consumido en el mes. Además, este embargo se podrá realizar en su totalidad, sin límites, por lo que la cuenta del contribuyente podrá ser “vaciada” por Hacienda, salvo en la parte correspondiente al último salario cobrado.
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