El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia Nacional que obligó al Opus Dei a cancelar los datos personales de una de sus fieles. Los magistrados entienden que el Acuerdo entre el Estado y la Santa Sede que declara la inviolabilidad de los archivos y registros de las entidades eclesiásticas no es predicable frente al ciudadano cuando ejercita un derecho fundamental previsto en la Constitución.
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