[c&p] El Tribunal Supremo (TS) considera en una sentencia conocida hoy que la acción policial y la judicial en la llamada Operación Nova contra el terrorismo islamista ha sido "correcta", pero ello no permite que se puedan tipificar como actividad delictiva "los desvaríos religiosos de cualquier índole que prediquen el odio al diferente". Así lo indica el Supremo en la sentencia en la que absuelve a 14 de los 20 condenados por la Audiencia Nacional en esta operación y rebaja de nueve años a uno de prisión la pena impuesta a otro.
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