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El Supremo niega valor de extinción al finiquito cuando el contrato laboral previo es fraudulento

La firma por un trabajador de un documento de liquidación y finiquito al comunicarle la empresa la extinción de la relación laboral, no tiene valor liberatorio o extintivo si el trabajador suscribió un contrato temporal en fraude de ley. Así lo establece una reciente sentencia del Tribunal Supremo, que resuelve un recurso de casación para la unificación de doctrina, donde declara improcedente un despido a pesar de haberse firmado el mencionado documento por parte de la empresa y el trabajador.

| etiquetas: finiquito , tribunal , supremo , contrato , fraudulento
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