Los empleados de Uber tienen un “contrato de trabajo” y es “ficticio” que sean autónomos respecto a la empresa. El dictamen de la Corte de Casación francesa —equivalente al Supremo— considera que hay una subordinación entre la empresa de reparto californiana y sus empleados. El alto tribunal establece que, dado que los trabajadores no tienen su propia clientela, no fijan los precios ni establecen sus condiciones —ni las rutas de reparto que prefieren—, estos permanecen en una relación laboral con Uber.
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