La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado la demanda de un padre para asumir la tutela legal de un hijo menor de edad, por ausencia de desamparo real que justificara la asunción de la tutela por la Consejería de Bienestar Social del Principado de Asturias. El Supremo, no obstante, ordena a la Administración el seguimiento del menor y de su situación.
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