El Tribunal Supremo ha desestimado el procedimiento de revisión interpuesto por un vecino de El Escorial contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid que confirmó la multa de 100.000 euros por talar sin licencia un árbol que había en una parcela de su propiedad en 2010. En su sentencia 1920/2017, el Supremo califica los informes presentados por la defensa para justificarse de “no aptos” al haber sido redactados con posterioridad a los hechos delictivos.
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