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El Supremo amplía mucho más el concepto de accidente 'in itinere'

El Tribunal Supremo acaba de aceptar, en su reciente sentencia de 26 de diciembre de 2013, que el accidente que tenga lugar en el desplazamiento desde domicilio a la residencia habitual del trabajador a efectos laborales es accidente in itinere (el que tiene lugar al ir o volver del puesto de trabajo) y que, por tanto, debe cubrirlo la mutua de accidentes que tenga contratada la compañía.

| etiquetas: laboral , accidentes , prevención
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